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Colombia

Bandera: 
Nombre Oficial: 
República de Colombia
Capital: 
Bogotá
Idioma: 
Español
Superficie: 
2.070.408 km2 (de ellos: 1.141.748 km2 continentales) Km2
Forma de Gobierno: 
República, de sistema presidencialista.
Moneda: 
Peso colombiano
Periodo de mandato
Inicio: 
Agosto, 2010
Independencia: 
20 de julio de 1810 (de España)
Fiesta Nacional: 
Día de la Independencia / Julio 20 (1810)
Constitución: 
4 de Julio de 1991
Sufragio: 
Universal, para mayores de 18 años
Información General: 

La Republica de Colombia es un país ubicado en la zona noroccidental de América del Sur. Con una superficie es de 2.070.408 km2, de los cuales 1.141.748 km2 corresponden a su territorio continental y los restantes 928.660 km2 a su extensión marítima. Limita al este con Venezuela y Brasil, al sur con Perú y Ecuador y al noroeste con Panamá; en cuanto a límites marítimos, colinda con Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Honduras, Jamaica, Haití, República Dominicana y Venezuela en el Mar Caribe, y con Panamá, Costa Rica y Ecuador en el Océano Pacífico.

Colombia es la única nación de América del Sur que tiene costas en el océano Pacífico y en el Mar Caribe. Y es el cuarto país en extensión territorial en América del Sur y, con alrededor de 45 millones de habitantes, la tercera en población en América Latina, después de Brasil y México.

Colombia es reconocida a nivel mundial por la producción de café suave, flores, esmeraldas, carbón y petróleo, su diversidad cultural y por ser el segundo de los países más ricos en biodiversidad del mundo. Y es el cuarto centro económico de la América hispanoparlante.

La Constitución de 1991, define a Colombia, como un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista.

La organización del Estado colombiano se dan en tres ramas del poder público: Rama legislativa, judicial y ejecutiva. En la rama ejecutiva se encuentran los organismos que representan al Gobierno, en la rama legislativa se encuentran el Senado y la Cámara de Representantes, que conforman el Congreso; y en la rama judicial se encuentran las instituciones encargadas de administrar justicia en el país. Además de los órganos del Estado que tienen las funciones de control: el Ministerio Público (el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo), la Contraloría General de la República y la organización electoral, que está conformada por el Consejo Nacional Electoral y por la Registraduría Nacional del Estado Civil, quienes se encargan de velar por la realización y supervisión legítima de los procesos electorales. En cuanto a los otros órganos, sobresalen el Banco de la República (como la principal entidad de control en el manejo de la política monetaria del país) y la Comisión Nacional de Televisión, que se encarga de crear políticas de control de la televisión colombiana.

RAMA LEGISLATIVA

La rama legislativa está conformada por el Congreso, el cual se divide en dos cámaras: el Senado de la República y la Cámara de Representantes.

Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son: función constituyente, para reformar la Constitución Política mediante Actos Legislativos; función legislativa, para elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación; función de control político, para requerir y emplazar a los Ministros del Despachos y demás autoridades, y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observación pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política; función judicial para juzgar excepcionalmente a los funcionarios del Estado por responsabilidad política; función electoral, para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta; función administrativa, para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes; función de control público, para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rinda declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante y función de protocolo, para recibir a Jefes de Estado o de Gobiernos.

Sin embargo, tanto el Senado como la Cámara de Representantes tienen diferentes funciones y responsabilidades:

El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se hace a nivel nacional. Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección. El Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros (cien de circunscripción nacional y dos representantes indígenas).

Son atribuciones especiales del Senado de la República: Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente; conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo, no siendo caso de enfermedad; declarar el abandono del cargo y la incapacidad física permanente del Presidente de la República; decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la República; elegir los Magistrados de la Corte Constitucional; elegir al Procurador General de la Nación; aprobar o denegar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de la Fuerza Pública, hasta el más alto grado; autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra Nación; permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República, rendir concepto previo al Gobierno sobre la prórroga para el segundo período del Estado de conmoción interior; conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos; conocer de la dejación del ejercicio del cargo, por motivo de enfermedad y por el tiempo necesario, del Presidente de la República y elegir los miembros de la Comisión de Administración del Senado.

Los Representantes a la Cámara son elegidos dentro del marco de una circunscripción territorial (departamental); es decir, los candidatos de cada Departamento son elegidos o no únicamente en su Departamento respectivo. Al igual que en el Senado, para que una persona pueda llegar a la Cámara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco años al momento de la elección. La Cámara está conformada por 166 representantes, incluyendo 2 en circunscripción especial de comunidades indígenas, 2 en circunscripción especial de comunidades negras y 1 en representación de los colombianos en el exterior.

Son funciones de la Cámara de Representantes: elegir al Defensor del Pueblo; examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el Contralor General; acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce de esas quejas; es la encargada de tramitar esas quejas; es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas correspondientes ante los acusados.

RAMA EJECUTIVA

La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno. Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos. A nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los Secretarios de gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus Secretarios de gabinete.

El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa durante un periodo de cuatro años. Para llegar a ese cargo debe ser colombiano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años al momento de la elección.

Funciones del Presidente como Jefe de Estado: representar al país internacionalmente; suscribir tratados; elegir los embajadores que representarán a Colombia en el exterior. Como Jefe de Gobierno, es el encargado de la conducción política del país tanto en el orden nacional como en el internacional. Como suprema autoridad administrativa, dictar la ley del Banco de la República; decidir el Plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas

Son Funciones del Vicepresidente: reemplazar al Presidente durante ausencias temporales o definitivas; encargarse de tareas especiales encomendadas por el Presidente (por ejemplo del tema de derechos humanos); puede ser nombrado y trabajar en otros cargos públicos. La condición de Vicepresidente es una dignidad y, por lo tanto, no recibe sueldo; no puede ser Ministro delegatario (encargado del mando mientras el Presidente se encuentra ausente)

Son Funciones de los Ministros: servir de voceros del Gobierno ante el Congreso; presentar proyectos de ley ante el Congreso; pueden tomar parte en los debates de la Cámara de Representantes; son los encargados de la administración interna de su respectiva entidad

La función de los Directores de Departamentos Administrativos es técnica y administrativa; no van a debates en la Cámara de Representantes; no pueden ser citados por el Congreso; no pueden presentar proyectos de ley y pueden ser citados a las comisiones del Congreso, siempre y cuando éstas no sean debates políticos, y tan sólo a presentar informes técnicos.

RAMA JUDICIAL

La rama judicial está conformada por las llamadas altas cortes y por la Fiscalía General de la Nación.

La Corte Constitucional es la encargada de la Constitución; resguarda la Constitución. Está conformada por nueve magistrados que ejercen durante un periodo de ocho años. A éstos los elige el Senado a partir de sendas ternas enviadas por el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y el Presidente (sendas ternas: cada uno propone un candidato).

La Corte Suprema de Justicia, está conformada por veintiocho magistrados que ejercen durante ocho años. Es la cabeza de la jurisdicción ordinaria (regula conflictos entre particulares); juzga al Presidente y a los altos funcionarios; investiga y juzga a los miembros del Congreso; se da su propio reglamento y conoce de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el Gobierno.

El Consejo de Estado, está conformado por veintisiete magistrados que ejercen durante ocho años. Regula los conflictos entre los particulares y el Estado.

El Consejo Superior de la Judicatura; está integrado por trece magistrados. Administra los recursos de la rama judicial. Con la Sala Administrativa, administra los recursos y en la Sala Disciplinaria, se regula la conducta y función de los abogados litigantes y de los funcionarios de la rama judicial.

La Fiscalía General de la Nación: Investiga y acusa. El Fiscal es elegido por la Corte Suprema de Justicia de entre una terna de candidatos enviada por el Presidente.

 


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